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Subvenciones dirigidas al fomento de empleo estable por cuenta ajena a desempleados por despidos colectivos (01/06/18)

Ponemos en vuestro conocimiento que con fecha de 1 de junio de 2018, el Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECyL) ha publicado la convocatoria para el año 2018 de las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas al fomento del empleo estable por cuenta ajena de personas cuya situación de desempleo provenga de despidos colectivos producidos en empresas de la Comunidad de Castilla y León (2018).

BENEFICIARIOS

Personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles, que adquieran las instalaciones en las que se encontraba ubicado el centro de trabajo en el que se procedió al despido colectivo.

REQUISITOS

  1. Contratos indefinidos ordinarios formalizados a jornada completa para prestar servicios en centros de trabajo de Castilla y León, quedando excluidos los contratos indefinidos realizados con cualquier otra cláusula específica en el centro de trabajo en el que se produjo el despido colectivo del trabajador.
  2. Contratos temporales a jornada completa, cualquiera que sea su modalidad contractual, siempre que en el plazo de un año a contar desde la fecha de inicio de la contratación, se conviertan en contratos indefinidos a jornada completa.
  3. No serán subvencionables:
    3.1. Las contrataciones que se formalicen con los socios de las entidades solicitantes, ni con quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración. Tampoco serán subvencionables las contrataciones formalizadas con el cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado inclusive del empresario individual, de los miembros de la comunidad de bienes, o de los socios de la entidad solicitante, o de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración, gobierno o representación en las entidades solicitantes.
    3.2. Las contrataciones formalizadas al amparo de una relación laboral de carácter especial.
  4. Se garantizará la estabilidad de la contratación indefinida o de la conversión en indefinido del contrato temporal por un período mínimo de dos años desde la fecha de inicio de dicha contratación o conversión.

PLAZOS

  • Contrataciones, cuya fecha de inicio haya tenido lugar entre los días 1 de octubre de 2017 y 30 de septiembre de 2018, del 2 de junio al 1 de agosto de 2018.
  • Si la contratación se inicia a partir del 2 de junio: del 2 de junio de 2018 al 15 de octubre de 2018

Esto es un resumen realizado por AEMTA de la información publicada en la Web de la Junta de Castilla y León y a la que podéis acceder completa pinchando aquí. Si quieres que te informemos o te ayudemos a tramitarla, contacta con nosotros a través de nuestra formulario de contacto o llámanos al 983 370 908 (oficinas de Valladolid) o al 987 224 633 (oficinas de León).